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Legislación

   
 
Con la promulgación de la Ley 20-00, se crea la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), institución adscrita a la Secretaria de Estado Industria y Comercio, con autonomía técnica y con patrimonio propio, que administra todo lo relativo a la concesión, al mantenimiento y vigencia de los registros de las diferentes modalidades de la Propiedad Industrial (patentes de invención, de modelos de utilidad, registro de diseños industriales y de signos distintivos).

En la República Dominicana como parte de los derechos individuales y sociales, se reconoce en el numeral 14 del artículo 8 de la Constitución, que son derechos de la persona humana la propiedad exclusiva por el tiempo y la forma que determine la ley, de los inventos y descubrimientos, así como de las producciones artísticas y literarias.

El Convenio de París, firmado el 20 de Marzo del año 1883, para la Protección de la Propiedad Industrial fue la base para que se firmara en nuestro país la ley 4994 el 26 de Abril de 1911, sobre Patentes de Invención, y la ley 1450 el 29 de Diciembre de 1937, sobre Registro de Protección de Marcas de Fábrica y Nombres Comerciales.

Años después la República Dominicana se hace miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y por ende, del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), y por Resolución 2-95 del 20 de Enero de 1995 ratifica el Acuerdo de Marrakech, suscrito en el año 1994. Por vía de consecuencia nuestro país se obligó a adecuar su legislación, de manera que exista un mínimo de normas de protección de la Propiedad Intelectual que sean iguales en todos los países signatarios y por consiguiente, el Gobierno Dominicano se acogió a la extensión establecida en el ADPIC para que las autoridades nacionales hicieran los ajustes necesarios a nuestra legislación, llevando a que se promulgara y entrara en vigencia a partir del 08 de mayo del año 2000, la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, publicada en la Gaceta Oficial No. 10044.


Marco Legal Nacional

Con la promulgación de la Ley 20-00, se crea la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), institución adscrita a la Secretaria de Estado Industria y Comercio, con autonomía técnica y con patrimonio propio, que administra todo lo relativo a la concesión, al mantenimiento y vigencia de los registros de las diferentes modalidades de la Propiedad Industrial (patentes de invención, de modelos de utilidad, registro de diseños industriales y de signos distintivos).


- Ley N º 20-00 sobre Propiedad Industrial
Reglamento de Aplicación de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial y sus modificaciones (Decreto No.599-01, que derogó el primer Reglamento de Aplicación No. 408-00 de fecha 11 de agosto de 2000.

- Reglamento de Aplicación de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial.(Decreto N º 599-01, Decreto N º 180-03 y Decreto 205-03)

- Ley N º 4994-1911 sobre Patentes de Invención (derogada por la Ley 20-00)

Marco Legal Internacional

- Convenio de Paris para la Protección de la Propiedad Industrial

- Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual
relacionados con el Comercio


- Capitulo Quince del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana
Centroamérica y Los Estados Unidos DR-CAFTA

Marco Legal de Transparencia Gubernamental

Leyes  
Ley 200-04   
Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones   
Ley 105 sobre concursos de obras de ingenieros y arquitectos  
Ley no 295 Aprovisionamiento del gobierno  
   
Decretos  
Decreto 63-06 Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios,Obras y Concesiones   
Decreto 101-05 que crea la Comision de Nacional de Etica y Combate a la Corrupción   
Decreto 130-05 que Aprueba el Reglamento Ley 200-04   
   
Reglamentos  
Reglamento no. 262-98 de Compras y Contrataciones   
   
 
Herramientas
       
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